AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2014-O
Fecha: 14-May-2014
III.4. Sobre el cumplimiento de la SCP 1073/2013-L
La referida Sentencia dispuso: “…el cumplimiento inmediato de la conminatoria de reincorporación dispuesta por el Jefe Departamental de Trabajo de La Paz”, que a su vez había dispuesto la reincorporación de la accionante “…al mismo puesto que ocupaba a momento de su despido, más el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales y laborales que correspondan a la fecha de reincorporación…” (Conminatoria JDTC-GSML/R-034-2011 de 15 de septiembre).
En este contexto, la accionante presentó un memorial al Tribunal de garantías el 15 de enero de 2014, pidiendo se remita antecedentes al Ministerio Público en atención a ser víctima de maltrato y no habérsela reincorporado en el mismo cargo que tenía en la empresa demandada, en este sentido corresponde que esta Sala deba resolver; sobre la reincorporación laboral, lo referente al pago de sueldos devengados y el acoso laboral por la reincorporación provocada por la SCP 1073/2013-L.
- I.1. Hechos que motivan la denuncia
- I.2. Informe del accionante
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- III.2. Sobre las denuncias de la parte demandada de incumplimiento a la Sentencia Constitucional Plurinacional en la cual es perdidosa
- III.3. Sobre la competencia del Ministerio Público o de la Procuraduría General del Estado para determinar el cumplimiento de una resolución constitucional
- juez o tribunal que inicialmente conoció la acción,
- III.4. Sobre el cumplimiento de la SCP 1073/2013-L
- 1)
- 2)
- 3)
- es decir por una autoridad judicial que no es parte ni conforma el Tribunal de Garantías Constitucionales
- POR TANTO
- 4°
- 5°