Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0852/2014
Fecha: 08-May-2014
II.1.
II.1. El 16 de julio de 2008, el entonces Viceministerio de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción interpuso proposición acusatoria contra el accionante por la supuesta comisión de delitos de incumplimiento de deberes, conducta antieconómica y contratos lesivos al Estado, misma que fue rechazada por el entonces Fiscal General de la República, mediante Resolución Fiscal de septiembre de 2009, notificándose con la misma al accionante el 6 de octubre de este mismo año (fs. 9 a 28).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Facultad de autocorrección de los procesos constitucionales por la justicia constitucional
- III.2.
- para el caso de existir pluralidad de sujetos agraviantes, se entenderá que la acción debe estar dirigida contra todos y cada uno de quienes supuestamente incurrieron en los actos u omisiones ilegales
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR