SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0903/2014
Fecha: 14-May-2014
Fragmento 16
Conforme se ha señalado, la motivación de las resoluciones y la valoración razonable de la prueba constituyen elementos de la garantía del debido proceso, que se protegen a través de las acciones tutelares, principalmente a través de las acciones de libertad y de amparo constitucional. Así, con relación a la valoración razonable de la prueba, la jurisprudencia constitucional estableció que la misma, es una labor privativa de los jueces ordinarios, pero es posible que la justicia constitucional analice dicha valoración, cuando exista apartamiento de los marcos legales de razonabilidad o equidad o se hubiere omitido arbitrariamente valorar la prueba. Así, la SC 0965/2006-R sistematizó los supuestos en los que la justicia constitucional puede revisar la valoración de las prueba, cuando: “en dicha valoración: a) exista apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir (SC 0873/2004-R y 106/2005-R, entre otras), o b) cuando se haya omitido arbitrariamente valorar la prueba y su lógica consecuencia sea la lesión de derechos fundamentales y garantías constitucionales (SC 129/2004-R de 28 de enero)” (las negrillas son nuestras).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Del debido proceso y sus elementos: La valoración razonable de la prueba y la motivación de las resoluciones
- la exigencia de la motivación de las resoluciones
- Fragmento 16
- no tiene atribución para la valoración de prueba sobre el fondo del asunto de donde emerge la acción tutelar,
- qué pruebas (señalando concretamente) fueron valoradas apartándose de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir;
- no obstante haber sido oportunamente solicitada, tiene incidencia en la Resolución final
- constituyen instrumentos argumentativos, no causales de denegatoria de la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido
- REVOCAR