SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0918/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0918/2014

Fecha: 15-May-2014

III.2. Del plazo razonable para la aplicación de la sanción disciplinaria

La prescripción es un modo de adquirir derechos o extinguir obligaciones por el paso del tiempo; en ese marco, la prescripción de la sanción, extingue ésta por el transcurso de un determinado plazo desde que es dispuesta, en concordancia con el principio constitucional de seguridad jurídica y el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, que demandan un tiempo razonable para la aplicación de una sanción, considerando que el sancionado, no puede permanecer indefinidamente esperando que la misma se haga efectiva; pues, el transcurso del tiempo, genera ciertos efectos respecto de los derechos de las personas, derivadas de la inacción de la propia administración; consecuentemente, la prescripción por su naturaleza, puede ser alegada en cualquier fase del proceso e inclusive disponerse de oficio. Al respecto, es importante considerar lo que establece el art. 79 de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), referido a la prescripción de infracciones y sanciones, que dispone: