SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0961/2014
Fecha: 23-May-2014
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 18/2013 de 28 de junio, cursante de fs. 107 a 111 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Teófilo Cortez Colque y Alcira Celia, Santiago, Felicidad, Elmer, María, Sinda y Héctor Iván, todos Cortez Yucra contra Alejandro Rubén Mendoza Villarroel, Alcalde Policial; Eleuterio López Hidalgo, Corregidor Auxiliar saliente; Luciano Coaquira López, Corregidor actual; Julio López Coaquira, Secretario General saliente; Germán López Mamani, Secretario General actual, todos representantes legales de las autoridades originarias del Sindicato Agrario de la Comunidad de Obrajes; Jaime Navia Camacho Administrador, Ernesto Fricke Bozo y Silvia Fricke Bozo, propietarios de la empresa “Termas de Obrajes Fricke Bozo S.R.L.”; Dominga León Cortez, Presidenta de la Asociación de vendedores de rellenos y otros, en las puertas del balneario de Obrajes; y, Carlos Rocabado Rocabado, Presidente Ejecutivo y propietario de la empresa minera GRUMINBOR S.R.L. del departamento de Oruro.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- conceda
- i)
- concedió
- II.1.
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.2.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.3.
- II.3.
- II.4.
- II.4.1.
- II.4.2
- II.5.
- II.6.1.
- II.6.2.
- II.7.
- II.8.1.
- II.8.2.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso en contextos interculturales
- III.2. El debido proceso y el derecho a una resolución motivada
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR