SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0961/2014
Fecha: 23-May-2014
concedió
La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 18/2013 de 28 de junio, cursante de fs. 107 a 111 vta., concedió la tutela peticionada y dispuso la nulidad del Voto Resolutivo de la Asamblea Extraordinaria titulada Resolución de Magna Reunión Extraordinaria de la Comunidad de Obrajes de 3 de diciembre de 2012. Asimismo, la reincorporación en las fuentes de trabajo que venían desarrollando los ahora accionantes en las empresas “Termas de Obrajes Fricke Bozo S.R.L.”, GRUMINBOR S.R.L., en la actividad comercial de venta de rellenos y comidas, en todos los casos, en las mismas condiciones que desarrollaban su labor anterior a su suspensión, la que debe ser cumplida en forma inmediata por las autoridades demandadas.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- conceda
- i)
- concedió
- II.1.
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.2.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.3.
- II.3.
- II.4.
- II.4.1.
- II.4.2
- II.5.
- II.6.1.
- II.6.2.
- II.7.
- II.8.1.
- II.8.2.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso en contextos interculturales
- III.2. El debido proceso y el derecho a una resolución motivada
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR