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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1003/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1003/2014

    Fecha: 06-Jun-2014

    2º  CONCEDER

    2º  CONCEDER la tutela solicitada por Luis Fernando Troncoso Mollo y Escarleth Saavedra Castro, solo con referencia a la falta de fundamentación, disponiendo que la autoridad demandada proceda a argumentar y fundamentar suficientemente la determinación de rechazo del memorial de suspensión de audiencia y justificación de inasistencia presentado por los coimputados indicados; a no ser que su situación jurídica hubiera sido modificada posteriormente.

    • Charles Fernando Mejía Cardozo
    • a)
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • 1)
    • “SIN LUGAR A LA ACCION DE LIBERTAD”
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • III.2.
    • III.3. La acción de libertad y su vinculación con el debido proceso
    • III.4. Inadmisibilidad de activar dos jurisdicciones de manera paralela
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • III.5.1. La no consideración de un memorial de suspensión y justificación de ausencia de dos coimputados y del abogado defensor
    • III.5.2.      La designación de abogado defensor de oficio para los demás coimputados
    • III.5.3. La activación de dos jurisdicciones de manera paralela
    • CONFIRMAR en parte
    • 2º  CONCEDER

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