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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1073/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1073/2014

    Fecha: 10-Jun-2014

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 14
    • III.1.     Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 16
    • III.2.     Del amparo excepcional por medidas de hecho: Protección directa e inmediata prescindiendo de su carácter subsidiario
    • Fragmento 18
    • III.3.    Del “vivir bien” en relación con los derechos invocados como vulnerados en la demanda tutelar
    • estas normas fundamentales no solamente rigen las relaciones entre iguales, sino que tiene como finalidad el proteger a los ostensiblemente más débiles -mejor conocidos en la doctrina como grupos vulnerables- por lo que el Estado, mediante «acciones afirmativas» busca la materialización de la igualdad (que goza de un reconocimiento formal reconocida en los textos constitucionales y legales pero que en la realidad no se materializa) y la equidad, por lo que se establecen políticas que dan a determinados grupos sociales (minorías étnicas o raciales, personas discapacitadas, mujeres, menores de edad, adultos mayores) un trato preferencial en el acceso a determinados derechos
    • Fragmento 21
    • Fragmento 22
    • III.4.    Análisis del caso concreto

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