SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1073/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1073/2014

Fecha: 10-Jun-2014

Fragmento 18

              El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la vivienda, a la salud, a los servicios básicos y a una vejez digna, por las medidas de hecho de las que habría sido víctima; derechos que se encuentran íntimamente ligados al “vivir bien”, consagrado por la Norma Suprema, en su art. 8.I, disposición constitucional que asume y promueve como principios ético morales de la sociedad plural, el suma qamaña (vivir bien), ñandereko (vida armoniosa), teko kavi (vida buena), iva maraei (tierra sin mal) y qhapaj ñan (camino o vida noble), entre otros; toda vez que a partir de la cosmovisión de los pueblos indígenas, éstos se conducen por la defensa de la vida y que el Estado, además de los fines y funciones esenciales a los cuales se halla constreñido por disposición de la Ley Fundamental, debe garantizar el bienestar, seguridad, protección e igual dignidad de las personas, las naciones, pueblos y comunidades; dando observancia por ende a los principios, valores, derechos y deberes protegidos en la Constitución Política del Estado.