SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1073/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1073/2014

Fecha: 10-Jun-2014

denegó

El Juez de Partido y de Sentencia Penal de las provincias Arque, Bolívar y Capinota del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución de 14 de noviembre de 2013, cursante de fs. 216 a 218 vta., por la que denegó la tutela solicitada, “con la salvedad de que se obliga a los accionados a que se entregue o facilite que el accionante se provea de otra llave de ingreso al inmueble, sin restricciones ni condiciones de naturaleza alguna. Con costas” (sic). Decisión que se sustentó en los siguientes fundamentos: a) El impetrante de tutela, vive actualmente en la vivienda donde supuestamente fue desalojado, ocupando una habitación y un pequeño taller; b) Mediante inspección in visu, se constató que no fue echado a la calle, encontrándose todos sus bienes y enseres intactos en los ambientes que ocupa al interior del domicilio citado;     c) El inmueble tiene un libre acceso por la parte trasera; a más de ello, se evidenció que la chapa no fue sustituida por otra y que, posiblemente, la refacción de la misma, hubiera “alterado” su efectividad, tanto de la llave del accionante como de los demandados; d) No existe oposición alguna de los demandados para que el accionante retorne al inmueble, toda vez que no fue “echado a la calle”; y, e) Adicionalmente a lo señalado, debe tenerse en cuenta que el accionante vivía en el inmueble prácticamente de favor, dada su transferencia y reflejo de tal condición, en los documentos traslativos de dominio.