Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1082/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.3.
II.3. Planteada la apelación contra el Auto que declaró probado el incidente de impersonería y la declaratoria de nulidad de obrados, la Sala Civil y Comercial Primera del entonces Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, revocó la decisión impugnada; consiguientemente, los ejecutados plantearon el “recurso” de amparo constitucional, que derivó en dejar subsistente la resolución por la que se declaró la nulidad de obrados (fs. 34 a 35).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2.
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Reiteración de la jurisprudencia constitucional respecto a la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.3. El régimen de la prescripción y la nulidad de los actos procesales
- II.
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- 3)
- III.4.Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR