SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1152/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.2.
II.2. Al haberse presentado denuncia ante el Ministerio Público contra su persona por la presunta comisión de los delitos de falsedad material ideológica y uso de instrumento falsificado, el Fiscal de Materia la rechazó, por determinación que fue ratificada por el Fiscal de Distrito, motivando ello que la accionante presente querella contra Vicente Ángel Calderón Zeballos, Soraya Gretzel Peñaloza Cano, Nelson Saravia Luna, Gróver Ortíz Salazar, Raúl Jesús Rosales Colodro, Karina Guerra Tejada y Fernando Velasco Jordán, miembros de los Tribunales colegiados de Arquitectos, por la presunta comisión del delito de prevaricato, que fue rechazada por el Fiscal de Materia, mediante Resolución R-CRC-003/07 de 23 de diciembre y confirmada por el Fiscal de Distrito a través de Resolución T.V.L 112/07 de 19 de febrero de 2008 (fs. 65 a 72).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III.1.
- III
- III.3. El caso en examen
- Fragmento 24
- Resolución 220/2011 de 10 de diciembre
- 220/2011 de 10 de diciembre, es decir la que declaró probada la excepción de incompetencia en razón a la materia, y su Auto Complementario, con los que fue notificada -como se ha señalado- el 27 de febrero de 2012
- denegar
- Fragmento 28