SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1185/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1185/2014

Fecha: 10-Jun-2014

el 8 de enero de 2013, al 5 de septiembre del mismo año

De la revisión de los antecedentes de la presente acción tutelar, se establece que, existía una relación de carácter laboral permanente entre Edilmer Andrade Cáceres -accionante- y el SEDEGES Tarija, a partir del 2011, por cuanto se procedió a la renovación de los contratos de prestación de servicios, bajo las modalidades de contratos de consultoría individual en línea y de carácter eventual, hasta el último contrato suscrito el 8 de enero de 2013, al 5 de septiembre del mismo año. Sin embargo, el 7 de mayo de 2013, por problemas de salud, el accionante fue internado en la clínica PRO SALUD e intervenido quirúrgicamente, encontrándose en tratamiento médico del 16 al 19 de julio de 2013, extremo evidenciado a través de la papeleta de baja médica extendida por la Caja de Salud CORDES Regional Tarija.