SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1333/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1333/2014

Fecha: 30-Jun-2014

concedió en parte

El Juez de Partido Mixto, Liquidador y de Sentencia Penal de Uyuni del departamento de Potosí, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 005/2013 de 11 de diciembre, cursante de fs. 417 a 428, concedió en parte la acción de amparo constitucional interpuesta, “…POR LO QUE SE 'MODULA ÍNTEGRAMENTE EL: Acta en vigencia actual de fecha 2 de Mayo de 2012, (…) este documento NO ES CARTA HABIERTA A LOS COMUNARIOS DE LA NACIÓN INDÍGENA ORIGINARIA DE COROMA, PARA QUE HAGAN USO Y ABUSO de ella EN CONTRA DE SUS OTROS COMUNARIOS Y AYLLUS, por lo que toda Institución Pública y/o Privada Local y/o Nacional NO DEBE TOMAR COMO VÁLIDO ESTE DOCUMENTO, sino que debe primar el respeto a los Derechos y Garantías Constitucionalmente Reconocidos en la Constitución Política del Estado Plurinacional, por ser la Ley suprema que está por encima de las otras Jurisdicciones de Justicia, es decir de la JUSTICIA ORDINARIA, JUSTICIA AGROAMBIENTAL y JUSTICIA ORIGINARIA CAMPESINA” (sic), y, denegó el “Recurso de Amparo Constitucional”, “En cuanto a los hechos de violencia, y persecución, Como del 19 de Octubre en los ambientes de la FRUTCAS (Federación Regional Única de Trabajadores Campesinos del Altiplano Sud), y las amenazas en contra de su Ayllu y sus autoridades, así como en contra del Sr. Circuncisión Mamani Hilacata Principal del Ayllu Huatacalla 'CRUCERO', su esposa e hijos.