SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1333/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1333/2014

Fecha: 30-Jun-2014

III.2.1.

III.2.1. De la revisión de antecedentes, los argumentos de la parte accionante ratificados en audiencia, así como el informe oral de la parte demandada, se tiene que concurre en el caso, un cuestionamiento respecto de la legitimidad de los accionantes como autoridades naturales del ayllu Huatacalla “Crucero”, en cuya condición denuncian la vulneración de los derechos de dicho ayllu ante esta jurisdicción constitucional, condición que es negada por parte de las autoridades y personas demandadas, quienes al efecto, presentaron los Estatutos Orgánicos y Reglamentos Internos, tanto del ayllu Huatacalla “Crucero” como de la NIOC de Coroma, los cuales como expresión -no absoluta- de sus normas y procedimientos propios, establecen las formas de elección y posesión de las autoridades originarias del referido ayllu, mismas que en criterio de la parte demandada no habrían concurrido para la elección de los ahora accionantes, tales como la posesión en un acto solemne en puertas de la iglesia, y su ministración por parte del Curaca Mayor de “Coroma” (Conclusión II.3), entre otros.