Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1421/2014
Fecha: 07-Jul-2014
II.5.
II.5. En revisión la acción de defensa que antecede, Tribunal Constitucional Plurinacional mediante SCP 0106/2014 de 10 de enero, confirmó en todo la Resolución 204/2013 de 15 de agosto, y en consecuencia denegó la tutela solicitada, con el fundamento que se encuentra dentro las causales de improcedencia, porque los accionantes no hicieron uso oportuno ni los medios de defensa o recurso alguno para que las autoridades judiciales tengan la posibilidad de pronunciarse respecto del asunto planteado (137 a 144).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la identidad de sujetos, objeto y causa y el principio de cosa juzgada constitucional como causales de denegatoria de la acción de amparo constitucional
- motivo, hechos fácticos que sirven de fundamento para la demanda así como su calificación jurídica
- el justiciable, no podrá interponer
- es decir la interposición de un nuevo recurso sobre los mismos hechos, estando el primero en trámite y sin contar con un pronunciamiento definitivo, no es conforme a derecho, constituyendo un
- Auto de Vista 52 de 17 de abril de 2013
- Resolución 204/2013 de 15 de agosto, declarando la “improcedencia” de la acción y por tanto “no conceder” la tutela
- CONFIRMAR