SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1502/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1502/2014

Fecha: 16-Jul-2014

II.10.1.

II.10.1. Posteriormente, el 1 de julio de 2013, el accionante nuevamente solicita al Presidente el Concejo Municipal de Exaltación de la Santa Cruz, licencia por ausencia temporal, hasta el 15 de julio de 2013, a efectos de la designación del Alcalde Municipal Interino mientras dure su ausencia (fs. 13); la misma que fue recepcionada por Secretaría del Concejo, 5 de julio de 2013, mereciendo pronunciamiento por parte del Presidente del Concejo, Milton Atoyay Vásquez y la Secretaria Elicet Quiroz Landivar, el 8 de julio de 2013, en el que se señala que todas las notas, oficios, cartas y otros documentos recibidos por la Secretaria del Concejo son puestos en consideración y conocimiento del Pleno del Concejo Municipal, para ser analizadas y proceder conforme a reglamentación; empero, en el caso no se ha acreditado ni se ha acompañado documentación que respalde el impedimento y justifique lo solicitado, como las medidas sustitutivas, por lo que siendo ambigua la petición, fue rechazada, señalando en el mismo documento que el accionante esté a lo que determine el Auto Inicial de Proceso Administrativo 01/13 (fs. 14).