SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1502/2014
Fecha: 16-Jul-2014
II.14.
II.14. De fs. 39 a 40 de obrados, cursa denuncia formal presentada el 11 de septiembre de 2013, ante el Fiscal de Materia Anticorrupción del Beni, contra José Jesús Villavicencio Kalayky por los delitos de incumplimiento de deberes, abandono del cargo y conducta antieconómica, interpuesta por Elicet Quiroz Landívar, Milton Atoyay Vásquez y Nirma Vásquez Amaporiba, alegando, la falta de gestión administrativa de manera continua y permanente por parte el Alcalde José Jesús Villavicencio Kalayky, quien habría obtenido un resultado favorable en una acción de amparo constitucional de 6 de junio de 2013, siendo restituido, no hizo otra cosa que solicitar licencia por motivos de fuerza mayor, manifestando que la única licencia que habría llegado al Concejo, fue de 5 de julio de 2013, habiendo transcurrido aproximadamente ochenta días de no haber ejercido en un solo momento la dirección del Gobierno Autónomo Municipal, ocasionando congelamiento de cuentas y otros perjuicios al Municipio.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- inventan una nueva Resolución
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.5.1.
- II.6.
- II.6.1.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.10.1.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- a)
- Fragmento 24
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. La reconsideración como medio de impugnación de los actos del Concejo Municipal. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 27
- recibida la información de la autoridad o persona demandada y, a la falta de ésta, lo hará sobre la base de la prueba que ofrezca la persona accionante
- Fragmento 29
- III.4. Análisis del caso concreto
- Resolución Municipal 032/2013 de 6 de septiembre
- con la destitución del cargo
- REVOCAR