Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1502/2014
Fecha: 16-Jul-2014
II.9.
II.9. José Jesús Villavicencio Kalayky, por memorial dirigido al Juez de Instrucción en lo Penal de San Joaquín del departamento de Beni, de 17 de junio de 2013, solicitó modificación de medidas cautelares, haciendo notar que habiendo sido restituido a su fuente de trabajo a emergencia de la concesión de la tutela de amparo, para que se levante el “arraigo local” y se extienda a todo el territorio nacional y no sólo a Santa Ana del Yacuma, por encontrarse su lugar de trabajo en la localidad de Exaltación de la Santa Cruz (fs. 6).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- inventan una nueva Resolución
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.5.1.
- II.6.
- II.6.1.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.10.1.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- a)
- Fragmento 24
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. La reconsideración como medio de impugnación de los actos del Concejo Municipal. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 27
- recibida la información de la autoridad o persona demandada y, a la falta de ésta, lo hará sobre la base de la prueba que ofrezca la persona accionante
- Fragmento 29
- III.4. Análisis del caso concreto
- Resolución Municipal 032/2013 de 6 de septiembre
- con la destitución del cargo
- REVOCAR