Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1505/2014
Fecha: 16-Jul-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la presunción de inocencia y a la petición, alegando que se instauró un irregular proceso administrativo interno en su contra, ante la Comisión de Ética del Consejo Municipal, desconociendo la normativa especial prevista en la Ley de Municipalidades, así como el Acta de Sesión Ordinaria 48/13 de 13 de agosto de 2013 que no dispuso su procesamiento, ante cuya situación planteó nulidad de obrados y excusa de los miembros de dicha Comisión, que no fueron resueltas y prosiguiéndose con la tramitación del señalado proceso, se dictó Auto de apertura de periodo probatorio.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.1.3.
- II.2.
- II.2.2.
- II.2.3.
- II.2.4.
- II.2.6.
- II.2.7.
- II.2.8.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- - vigente de acuerdo a la configuración procesal contenida en el nuevo texto constitucional-
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR