SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1603/2014
Fecha: 19-Ago-2014
conceder en parte
Por las consideraciones precedentes, el Tribunal de garantías al conceder en parte la tutela impetrada, determinando que el Directorio del Concejo Municipal de Ayata, cumpla sus funciones en mérito a normas municipales, ordenando asimismo el descongelamiento de las cuentas del Municipio; denegándola respecto a la nulidad de los Autos 018/2013 y 020/2013, por inobservancia al principio de subsidiariedad y al requisito de legitimación pasiva; actuó parcialmente en forma correcta. Siendo necesario enfatizar en este punto que, se excedió en sus determinaciones al pronunciarse sobre cuestiones que no le compelían, precisamente por la presentación de la demanda tutelar, sin las exigencias de procedencia y admisión establecidas en la Ley Fundamental y el Código Procesal Constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- .
- Fragmento 20
- III.3. Análisis del caso concreto
- conceder en parte
- REVOCAR en parte