Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1603/2014
Fecha: 19-Ago-2014
II.4.
II.4. En consideración a la existencia de dos Resoluciones Municipales: La 001/2013 de 10 de julio y la 011/2013 de 22 de junio (fs. 17 a 18; 98 a 99), ambas de reorganización de la Directiva del Concejo Municipal de Ayata; la Sala Plena del Tribunal Electoral Departamental antes aludido, emitió el Auto 020/2013 de 20 de agosto, determinando dejar sin efecto el registro dispuesto por providencia de 17 de julio de ese año, respecto al fallo 001/2013; manteniendo firme y subsistente el consignado por providencia de 19 del mes y año citados, que decidió el registro de la Resolución 011/2013 (fs. 32 a 34).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- .
- Fragmento 20
- III.3. Análisis del caso concreto
- conceder en parte
- REVOCAR en parte