SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1649/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1649/2014

Fecha: 29-Ago-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 7 de diciembre de 2009, padres de familia y alumnos de la Unidad Educativa "Gumercindo Araúz Serrano" de Santa Ana de Yacuma del departamento de Beni, presentaron denuncia contra su persona, supuestamente por la comisión de faltas graves y muy graves, previstas en el “Reglamento de Faltas y Sanciones del Servicio de Educación”.

El 21 de diciembre del mismo año, se constituyó un “apócrifo” Tribunal Disciplinario”, compuesto por María Luisa Gutiérrez Salvatierra, Directora Distrital del SEDUCA de Santa Ana, Rufina Cayu de Neira y Jorge Kalaf, el último firmó el Auto inicial del proceso, siendo sustituido por Marcos Padilla Hurtado; conformando así una comisión especial, prohibida por el art. 120.I de la Constitución Política del Estado (CPE), arrogándose competencia al margen de la ley, inventando supuestas faltas y emitiendo Sentencia “01/2010” de 19 de abril, declarándolo culpable de hostigamiento, reincidencia voluntaria de falta leve, acoso sexual y violencia psíquica, en supuesta aplicación de los arts. 10 inc. e), 11 incs. a) y m), y 13 incs. b) y c) del citado Reglamento, disponiendo su retiro definitivo del Magisterio Nacional, que fue declarada ejecutoriada el 3 de mayo de 2010.