Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1649/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1649/2014

    Fecha: 29-Ago-2014

    II.7.

    II.7.  El oficio D.D.E.-BENI Ofic. 949/2012 de 26 de octubre, el Director del SEDUCA de Beni, respecto a la solicitud de nulidad del proceso disciplinario, planteada por el accionante, le hace conocer que su autoridad carece de facultades para disponer ello y que el proceso cuenta con sentencia ejecutoriada (fs. 29).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • El 30 de abril de igual año,
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.12.
    • i)
    • III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • subsidiariedad
    • III.2.Jurisprudencia reiterada sobre el principio de inmediatez
    • el titular del derecho fundamental vulnerado, deberá presentar el recurso máximo dentro de los seis meses de conocido el supuesto acto ilegal o la última actuación
    • la inmediatez se encuentra sustentada básicamente en: '...el principio de preclusión de los derechos para accionar, pues por principio general del derecho ningún actor procesal puede pretender que el órgano jurisdiccional esté a su disposición en forma indefinida
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • Con relación al Tribunal disciplinario
    • Con relación al
    • denegado
    • CONFIRMAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca