SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 01758/2014
Fecha: 15-Sep-2014
2)
2) También refirió el entonces apelante, en su recurso de alzada, que el Juez a quo había violado su derecho a la valoración razonable de la prueba, argumento que fue absuelto por las autoridades demandadas, quienes indicaron que el imputado no objetó dicho aspecto en su momento, ante el Juez a quo; además, tampoco precisó qué reglas de valoración fueron omitidas (Conclusión II.5.b). Lo cual es evidente, pues de acuerdo al acta de audiencia de medidas cautelares, el accionante a través de su abogado se adhirió a la prueba presentada (Conclusión II.2.b), cuando en ese momento debió fundamentar en contra de la prueba que no era conveniente a sus intereses, por otro lado, tampoco se advierte que el accionante hubiera referido qué reglas de valoración no fueron tomadas en cuenta.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.2. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- “otorgó”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
- III.2.
- III.3. Del dimensionamiento de los alcances de la parte resolutiva de la presente Resolución
- III.4. Análisis del caso concreto
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