SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 01758/2014
Fecha: 15-Sep-2014
I.2.1. Ratificación de la acción
El accionante no pudo comparecer a la audiencia de acción de libertad, puesto que, de acuerdo a informe de la Oficial de Diligencias del Tribunal de garantías, cursante a fs. 39 y vta., los policías que se hallaban de servicio en el recinto carcelario, se negaron a recibir la Orden de Salida emitida por dicho Tribunal. Sin embargo de ello, se encontraba presente el abogado del accionante, quien, de acuerdo al acta de audiencia de acción de libertad, cursante de fs. 40 a 42 vta., señaló expresamente que se ratificaba en los términos de su memorial de acción de libertad, agregando el siguiente fundamento: Se ha actuado de manera ultra petita tanto en el Auto del Juez a quo, como en la Resolución del Tribunal ad quem.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.2. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- “otorgó”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
- III.2.
- III.3. Del dimensionamiento de los alcances de la parte resolutiva de la presente Resolución
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)