SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 01897/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 01897/2014

Fecha: 25-Sep-2014

: 1)

Carmen Muruchi de Vicente, en audiencia por intermedio de su abogado manifestó lo siguiente: 1) La demanda de amparo constitucional carece de requisitos formales y de fondo; 2) En cuanto al principio de subsidiariedad, tenían un medio procesal dentro de la misma justicia ordinaria, pudieron solicitar complementación y enmienda; 3) El Tribunal Constitucional Plurinacional a interpretado el art. 134 del CPP, citando la SC 1173/2004-R de 26 de julio; 4) En el presente caso, si bien trata de una imputada, no es menos cierto, que si corriera el término de los seis meses desde la notificación con la primera resolución de imputación, se la dejaría en estado de indefensión; y, 5) El Auto de Vista en lo que respecta a la fundamentación cumple con las tres reglas: razonabilidad, lógica y suficiencia; siendo que en base a ello se revocó la resolución impugnada, por defecto procesal absoluto.