SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 01897/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 01897/2014

Fecha: 25-Sep-2014

III.1.  El sistema procesal penal vigente adoptado por el Estado Plurinacional de Bolivia

           El tratadista Arturo Yañez Cortés, refiriéndose a la reforma procesal penal en Bolivia dijo: “Conforme corresponde a un verdadero estado democrático de Derecho, el nuevo Código de Procedimiento Penal boliviano posibilita que tanto la investigación de los delitos como la imposición de la sanción se cumplan dentro del estricto marco de los derechos y garantías previstos por la Constitución Política del Estado y los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, que sientan las bases que cualquier estado de esas características debe observar en su lucha contra la delincuencia.

           El nuevo Código de Procedimiento Penal, regula con la amplitud necesaria todas las garantías que limitan el ejercicio del poder penal estatal, estableciendo sus diferentes manifestaciones y consecuencias así como los derechos y obligaciones que generan, de modo que no se agoten en su sola formulación.

Igualmente, se establece que las garantías constitucionales y principios enumerados en el nuevo Código deben ser siempre utilizados como fundamento de toda interpretación y de observancia obligatoria en todo procedimiento que conlleve el ejercicio de la coerción penal estatal, tratando de evitar de este modo que a título de reprimir la criminalidad se violenten las garantías constitucionales y derechos humanos fundamentales.