SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 01897/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 01897/2014

Fecha: 25-Sep-2014

II.3.

II.3. El Juez cautelar, mediante Auto de conminatoria de 4 de mayo de 2010, determinó lo siguiente: “…la resolución de imputación formal (…) emitida contra “JAQUELINE MOLINA DE VICENTE” por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES previsto por el art. 271 del Código Penal, data de 31 de julio de 2009, notificado el imputado el 12 de agosto de 2009, a partir de esa fecha hasta el presente han transcurrido los seis meses sin haberse formulado requerimiento conclusivo de acusación contra el imputado por el delito motivo de investigación, (…) al haberse vencido el plazo de la etapa preparatoria previsto en el Art. 134 del Código de Procedimiento Penal, y dado que el Ministerio Publico como Director Funcional de las investigaciones, no ha presentado ampliación de la etapa preparatoria, ampliación de imputación, salidas alternativas y menos formulado acusación (…) en aplicación del Art. 134 parte final del Código Adjetivo Penal se conmina a la Sra. Fiscal de Distrito para que en el plazo de (5) cinco días, lo haga y de no hacerlo se declarará extinguida la acción penal” (sic.) (fs. 12). Notificación practicada a la Fiscalía del Distrito de La Paz el 8 de junio del mismo año (fs. 13).