SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 01897/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 01897/2014

Fecha: 25-Sep-2014

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante, señala que los Vocales demandados, al revocar la Resolución pronunciada por el Juez a quo, que declaró extinguida la acción penal con relación a la actuación del Ministerio Público, realizaron una interpretación errónea tanto de la norma penal como de la jurisprudencia constitucional, al señalar que el término del cómputo de plazo para la extinción de la acción penal comienza desde la notificación con la ampliación de la imputación; sin considerar, que se hizo contra la misma persona, y bajo los mismos hechos facticos, fallo que se constituye en un atentado flagrante al debido proceso, a la defensa, a la seguridad jurídica, a la legalidad y celeridad, además de ser carente de fundamentación y motivación. Por lo que, corresponde analizar en revisión si los actos denunciados son evidentes a objeto de conceder o denegar la tutela solicitada.