Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1722/2014
Fecha: 05-Sep-2014
2°
2° Se recuerda al Tribunal de garantías, que la remisión de los antecedentes de las acciones tutelares a este Tribunal Constitucional Plurinacional, debe cumplirse con el envío de todos los documentos e informes que se hubieran generado en su tramitación, toda vez que en la presente acción se omitió adjuntar el memorial de la tercera interesada, cuya presentación y consideración por ese Tribunal, consta en el Acta de Audiencia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- deneg
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.I. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso en sus elementos de motivación, fundamentación y congruencia de las resoluciones
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso concreto
- “denegado”
- 2°