SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1890/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1890/2014

Fecha: 25-Sep-2014

1)

José Ángel Ponce Rivas, Fiscal Departamental de La Paz, mediante informe escrito, cursante de fs. 35 a 38, señaló: 1) El caso penal analizado, fue remitido a su despacho, el 26 de diciembre de 2013, a efectos de la emisión de resolución jerárquica sobre objeción a rechazo, ante lo cual se emitió la Resolución JAPR-R-568/2013, que ratificó la Resolución 290/2013, pronunciada por la Fiscal analista, Rosario Esther Cuellar Muller; 2) Todo aspecto inherente a notificaciones y aspectos procesales de forma y condiciones no observados debe ser revisados y subsanados por la autoridad que ejerce el control jurisdiccional de la investigación; 3) Los extremos denunciados por el accionante, no llegan a ser evidentes, porque el 26 de diciembre, la Fiscal de Materia remitió el cuaderno de investigaciones adjuntando nuevas diligencias de notificación, motivo por el que se ingresó a considerar el fondo de lo pretendido, tomando en cuenta la objeción presentada por José Quisbert Coronel; 4) La Resolución JAPR-R-568/2013, se encuentra debidamente fundamenta, respecto al por qué los hechos narrados por el accionante, no constituyen delito, así como también sobre los argumentos del denunciante, los indicios que adjunta el mismo y los fundamentos de la fiscal analista.