SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1891/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1891/2014

Fecha: 25-Sep-2014

i)

Guido Alberto Asebey Espinar, tercero interesado, en audiencia, indicó: i) Al ser su cliente una persona de más de setenta años, necesitaba que el proceso de divorcio se tramite con rapidez; ii) En la Resolución 18/2013 que emitió la Jueza Disciplinaria 1 no eran congruentes la parte considerativa con la dispositiva, es por ello que se apeló la misma; iii) En el considerando tercero de la Resolución 354/2013 -ahora cuestionada- se especifica y se indica claramente las seis demoras injustificadas; las autoridades demandadas tomaron en cuenta los aspectos apelados, determinando que esas demoras hacen un total de veinticinco días de retraso en el proceso, no siendo cierto que no se tomaron en cuenta las pruebas del accionante; y, iv) En la parte considerativa de la Resolución 354/2013, las autoridades demandadas refieren que "…no existe elemento probatorio que justifique el incumplimiento de funciones por parte del servidor judicial procesado".