SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1891/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1891/2014

Fecha: 25-Sep-2014

II.7.

II.7.  Por Resolución complementaria de 21 de enero de 2014, las autoridades demandadas refieren haber considerado en la Resolución todos los datos del proceso, en especial los extremos expuestos en el memorial de contestación de apelación presentado por el accionante, donde reconoce expresamente las demoras en el ingreso de los memoriales en el día a despacho judicial; así también, señalan que fueron considerados todos los elementos probatorios cursantes en obrados, estableciéndose que ninguno de ellos justifica la responsabilidad disciplinaria en que incurrió el accionante, toda vez que ni el reporte de marcaje de asistencia, ni las copias del libro diario, y mucho menos las declaraciones testificales de descargo justifican por qué éste no pasó en el día los diversos memoriales presentados en el proceso de divorcio, pues no se concibe cómo esas pruebas sean relevantes en el caso presente (fs. 129).