Los suscritos Magistrados expresan su voto disidente con la DCP 0014/2015 de 16 de enero; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados expresan su voto disidente con la DCP 0014/2015 de 16 de enero; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 16-Ene-2015

Artículo 78. (Presupuesto Municipal).

Artículo 78. (Presupuesto Municipal). El Gobierno Autónomo Municipal Ecológico Productivo de Achocalla, en ejercicio de su plena autonomía y sin injerencia de ningún otro nivel del Estado; elaborará, aprobará y modificará, en forma conjunta con los representantes de las organizaciones sociales, en el marco de sus normas y procedimientos propios, el presupuesto operativo anual de inversión y funcionamiento del órgano legislativo y órgano ejecutivo, de acuerdo con su techo presupuestario, con el respaldo de una Ley Municipal, para su consolidación por el órgano rector nivel nacional”.