SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0094/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0094/2015

Fecha: 06-Oct-2015

b)

b)  Siguiendo la misma línea, es imperante señalar que la SCP 1462/2013 de 21 de agosto, declaró la constitucionalidad condicionada del art. 196.II de la LOJ, sustentando que: “…es acorde al bloque de constitucionalidad imperante en la medida en la cual el ejercicio encomendado por dicha disposición a los jueces disciplinarios, sea ejercida en el marco del equilibrio armónico entre el principio de verdad material y el principio de bilateralidad de impulso”.

Al respecto, corresponde recordar que el referido fallo constitucional también fue objeto de disidencias, por cuanto algunos Magistrados de este Tribunal manifestaron su disconformidad con el mismo; empero, por la calidad de cosa juzgada que cuenta en específico el referido cargo de inconstitucionalidad, un nuevo análisis es inviable; por lo que, respecto al art. 196.II debe declararse su improcedencia.