Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0938/2015-S1
Fecha: 13-Oct-2015
II.1.
II.1. Mediante RA RPC 412/2014 de 26 de noviembre, el Gobierno Autónomo Departamental de Potosí, adjudicó la Licitación Pública Nacional “CONST. SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA EL DESARROLLO DEL SILALA” primera convocatoria, a la empresa Constructora Marquez “COMAR” S.R.L., a tiempo de notificar con esta determinación el 1 de diciembre de 2014, se intimó a la empresa la presentación de los documentos originales en el plazo de diez días, entre ellos las Boletas de Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo (fs. 20 a 23).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3.
- III.4
- III.5 Análisis del caso concreto.
- c) Caso Fortuito:
- III.6. CONSIDERACIONES ADICIONALES
- Fragmento 24