Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0938/2015-S1
Fecha: 13-Oct-2015
II.4.
II.4. Por nota “COMAR” 240/2014 de 26 de diciembre, se argumentó que el Banco Bisa S.A. emitiría las garantías a partir del 6 de enero de 2015 y solicitó nueva ampliación de plazo hasta el 30 de diciembre de 2014, no obstante de no existir respuesta escrita al respecto, en audiencia, las autoridades demandadas tuvieron por aceptada esta solicitud (fs. 30 a 31 y 156 vta.)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3.
- III.4
- III.5 Análisis del caso concreto.
- c) Caso Fortuito:
- III.6. CONSIDERACIONES ADICIONALES
- Fragmento 24