Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0982/2015-S3
Fecha: 12-Oct-2015
Fragmento 4
Los miembros del Tribunal de alzada al dictar el Auto de Vista “8/2013”, también omitieron exponer la suficiente fundamentación y motivación, pues solo señalaron no haber demostrado los hechos sin precisar si la prueba documental ofrecida tiene valor, menos consideraron los puntos apelados es decir la pretensión de las partes, indicando únicamente que se cumplió con el art. 302 del Código de Procedimiento Penal (CPP), al haberse detallado minuciosamente los hechos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- EL A QUO HA CONSIDERADO COMO PRUEBA EL CUADERNO DE INVESTIGACIÓN, DÁNDOLE VALOR LEGAL, ES DECIR HUBIERA REALIZADO ACTOS INVESTIGATIVOS … OLVIDANDO EL IMPUTADO Y SU ABOGADA QUE TODAVÍA SE ESTÁ EN ETAPA INVESTIGATIVA Y ES RECIÉN EN LA INSTANCIA PERTINENTE ALEGAR ESTE ARTÍCULO SE ARGUYE HABERSE COMETIDO POR EL A QUO ACTOS ILEGALES
- Fragmento 4
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso -los principios de pertinencia y congruencia-
- ‘…La garantía del debido proceso comprende entre uno de sus elementos la exigencia de motivación de las resoluciones,
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- III.4. Otras consideraciones
- 1° REVOCAR
- 2°