Juristeca
Juristeca País
    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2015
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2015

    Fecha: 05-Nov-2015

    II.

    Zenón Cusuhue Ampuero, Agustina Mamani de Mamani y Vicente Justo Chávez Quispe, autoridades indígena originaria campesinas del Ayllu Hampaturi, provincia Murillo del departamento de La Paz, en los cargos de Jilacata Estancia Cupilupaca, Quelca Mallku y Fiscal de campo, respectivamente, todos del Concejo de Mallkus originarios del mencionado ayllu, presentaron la consulta.

    • Zenón Cusuhue Ampuero, Agustina Mamani de Mamani
    • I.
    • II.
    • III.1 Descripción de los hechos
    • a)
    • III.2  La norma objeto de la consulta
    • 1)
    • III.3 Naturaleza de la consulta
    • III.4 Requisitos de la consulta
    • IV.1  El principio del “qhapaq ñan” (camino vida noble) como comprensión del derecho desde las naciones y pueblo indígena originario campesinos
    • cabalidad
    • IV.2  El estado de armonía y equilibrio de la comunidad como fundamentos que hacen al principio meta jurídico del “Vivir bien”
    • libre determinación
    • instituciones
    • IV.4  La coordinación y cooperación entre jurisdicciones asegura el ejercicio real del pluralismo jurídico
    • V. RESPONDIENDO A LA CONSULTA
    • MAGISTRADO                                   MAGISTRADO

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca