SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1114/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1114/2015-S2

Fecha: 03-Nov-2015

a)

El accionante a través de sus abogados, ratificó los extremos de su memorial de demanda y los amplió señalando lo siguiente: a) El informe del TED de Tarija, es inconsistente pues omitió su función prevista en la Ley General de Cooperativas, por la cual debió controlar y supervisar el procedimiento eleccionario de COSETT Ltda., por el contrario atribuyó a dicho Comité de Nominaciones, que fue la instancia encargada de la elaborar la convocatoria que ahora se impugna; y,       b) De ninguna manera se puede permitir la participación de candidatos que tiene cargos pendientes con la Cooperativa, tampoco tomaron en cuenta las tres plazas existentes para el Consejo de Administración y dos para el Consejo de Vigilancia, limitando la posibilidad de elección de los socios en todos los escaños, bajo pena de nulidad del voto.