Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1150/2015-S2
Fecha: 10-Nov-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 31/2015 de 28 de abril, cursante de fs. 209 a 215, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Alison Ángela Márquez Callisaya en representación legal de “BASSAM Ltda.” contra Juan Carlos Mendoza Lavadenz, Gerente a.i. de Grandes Contribuyentes (GRACO) La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- CONCEDIÓ en parte
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. El debido proceso
- i)
- la excepción a la subsidiariedad cuando la restricción o supresión de los derechos y garantías constitucionales denunciados, ocasionen perjuicio irremediable e irreparable
- III.3. Sobre el derecho al trabajo
- la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona para desarrollar cualquier actividad física o intelectual tendiente a generar su sustento diario como el de su familia
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- se hace notar, que el referido funcionario del SIN, en el formulario -7544- signado con el número 112497 cursante a fs. 17, como era su deber marcó con uña señal “X” en la casilla correspondiente a la sanción, clausura por (6) días continuos o multa equivalente a diez (10) veces el monto de lo no facturado.
- y/o
- CONCEDIDO en parte
- CONFIRMAR en todo