SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1169/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1169/2015-S3

Fecha: 16-Nov-2015

i)

Jaime Antonio Teran Grandy, por memorial de 28 de mayo de 2015, cursante de fs. 31 a 33, refirió que: i) Mediante decreto de 28 de enero del citado año, de manera ilegal se negó la participación del accionante dentro del proceso, privándole acudir a vía alguna de impugnación, puesto que esta providencia no admite recurso alguno de apelación de acuerdo al art. 226 del Código de Procedimiento Civil (CPC); ii) El Juez de la causa a momento de emitir el Auto de 20 de julio de 2007, conocía perfectamente que se disputaba derechos de terceros, pero no hizo nada para subsanar aquel aspecto; y, iii) Los Vocales demandados obviaron su obligación de revisar de oficio el proceso a fin que el mismo se tramite sin vicios y sin lesión a derechos de terceros.