Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1169/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante indica que se lesionaron sus derechos a la defensa y al debido proceso en sus elementos de aplicación objetiva de la norma y motivación de las resoluciones, citando al efecto los arts. 115.II, 117.I, 119.II y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE), 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia respecto a la improcedencia de la acción de amparo constitucional en atención a su carácter subsidiario
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2.1. Consideraciones previas
- III.2.2. Resolución del caso
- en fase de ejecución de Sentencia conforme lo dispone el art. 518 del CPC
- CONFIRMAR