SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1187/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1187/2015-S3

Fecha: 16-Nov-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante estima como vulnerados sus derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia, a ser juzgado en un plazo razonable, a la justicia plural pronta y oportuna, a la igualdad de las partes, a la defensa, y a una tutela judicial efectiva, al haber los Vocales demandados en forma arbitraria emitido el Auto de Vista 37, sin la debida motivación, fundamentación y congruencia, obviando pronunciarse sobre los agravios apelados del Auto 81, que resolvió su solicitud del vencimiento de los actos iniciales; realizando una errónea interpretación y aplicación de los arts. 130 y, 300 del CPP y de la Ley 586, así como efectuar una incorrecta valoración de la prueba.