SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1266/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1266/2015-S2

Fecha: 13-Nov-2015

c)

De acuerdo a los elementos que cursan en el expediente, se tiene que contra el accionante, Víctor Hugo Banegas Suárez, el 11 de mayo de 2015, amplió la querella formulada contra Mario Fulguera Ninaja y Beimar Fulguera Llusco, por el ilícito de estafa (fs. 39 y vta.), solicitando a la autoridad fiscal se ordene la correspondiente citación del querellado, pretensión que fue deferida por decreto de 13 de igual mes y año, poniéndose en conocimiento de la autoridad jurisdiccional la ampliación de la querella, el 21 del indicado mes y año (fs. 42).

Asimismo, se evidencia que el 20 de mayo de 2015, se emitió orden de citación para el accionante, emplazándolo a apersonarse ante oficinas de la Unidad Módulo Policial del Plan 3000, el 28 del indicado mes y año a hrs. 09:15, a efectos de prestar declaración informativa dentro de la investigaciones seguidas contra Mario Fulguera Ninaja y Beimar Fulguera Llusco por la presunta comisión de los delitos de estafa y amenazas, actuado que le fue notificado personalmente en la fecha de su emisión (fs. 36 a 37).

En el presente caso, en cuanto a un supuesto procesamiento indebido, de antecedentes se observa que el accionante ha sido debidamente citado a efectos de comparecer y prestar declaración informativa dentro de un proceso penal, en el cual, a instancia de la parte denunciando ha sido incluido; citación emitida de conformidad a lo previsto en el art. 94 y 97 del adjetivo penal.

Respecto a una persecución ilegal, la mencionada citación no constituye riesgo alguno para su libertad, por cuanto se trata de una convocatoria que, en resguardo del derecho a la defensa, le garantizará la posibilidad de exponer su versión de los hechos por los cuales se lo ha incluido en la investigación; en consecuencia, las supuestas lesiones alegas respecto a Marvin Fulguera Llusco, no son evidentes y ameritan se deniegue la tutela.