DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0210/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0210/2015

Fecha: 16-Dic-2015

art. 35

Respecto a las autoridades de las naciones y pueblos indígena originario campesinos (NPIOC), que son elegidas o nominadas por sus bases, pero que se incorporan a la función pública en la categoría de funcionarios “designados”, se debe concebir que al ser elegidos de acuerdo a sus usos y procedimientos éstos no son funcionarios electos de libre nombramiento o de carrera.

Bajo este nuevo esquema, es constitucionalmente admisible que el ejecutivo referido a sus atribuciones al designar a los servidores públicos que le acompañaran en su gestión tome en cuenta que el procedimiento de elección de las autoridades de las NPIOC, está ligada de acuerdo a sus usos y procedimientos, por lo que se declara su compatibilidad bajo tal entendimiento.