DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0210/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0210/2015

Fecha: 16-Dic-2015

III.7.  El control previo de constitucionalidad

El control previo de constitucionalidad, se encuentra contemplado en el Capítulo III, Título Quinto del Código Procesal Constitucional, así el       art. 105, establece que el control previo se realiza sobre: “1. Proyectos de Tratados Internacionales. 2. Consultas de Proyectos de Leyes.                3. Consultas de Proyectos de Estatutos o Cartas Orgánicas. 4. Consultas de preguntas de referendos”.