DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0210/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0210/2015

Fecha: 16-Dic-2015

incompatible

Del texto desarrollado en el proyecto de la carta orgánica, se puede advertir que es incompatible la palabra “resolución” con la Constitución Política del Estado, toda vez que conforme al art. 272 y 283 de la Norma Suprema, el ejecutivo municipal es titular de la facultad reglamentaria; por tal razón, es éste quien debe realizar el mencionado reglamento, debiendo el concejo municipal por lo que circunscribirse a su facultad legislativa a efectos de emitir la norma correspondiente, es decir mediante una ley.

De acuerdo a la normativa señalada, no figura la iniciativa ciudadana para la reforma de la carta orgánica municipal que también constituye un mecanismo para activar esta reforma; en consecuencia, por abstracción del art. 411 de la CPE, el artículo en análisis del proyecto de la carta orgánica de Vitichi es incompatible con la Constitución Política del Estado.