SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1191/2015-S3
Fecha: 02-Dic-2015
II.6.
II.6. Por Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1427/2014 de 13 de octubre, Daney David Valdivia Coria, Director Ejecutivo General a.i. de la AGIT -hoy demandado-, revocó parcialmente la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0558/2014, emitida por la ARIT La Paz, dentro del recurso de alzada interpuesto por el ahora accionante contra la Gerencia Distrital La Paz I del SIN, modificando la Resolución Determinativa 17-0579-2014, y dejando sin efecto el impuesto omitido de Bs2 403.- (dos mil cuatrocientos tres bolivianos), manteniéndose firme y subsistente la deuda tributaria de UFV’s51 686.- (cincuenta y un mil seiscientos ochenta y seis Unidades de Fomento a la Vivienda), equivalente a Bs99 171.- (noventa y nueve mil ciento setenta y un bolivianos); importe que comprende tributo omitido, intereses, sanción por omisión de pago y la multa por incumplimiento de deberes formales por IVA, IT y RC-IVA, por los periodos de julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2010; y, enero, febrero y marzo de 2011 (fs. 345 a 372).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- CARTA PODER! O PODER NOTARIADO!, PARA LA NOTIFICACIÓN CON LA ENTREGA DE ESTA RESOLUCION
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- 23 de enero de 2015
- II.12.1.
- II.12.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- con excepción del acto administrativo de admisión del recurso de alzada y de la resolución que ponga fin al recurso jerárquico, que se notificarán a ambas partes en
- dejará aviso de visita a cualquier persona mayor de dieciocho (18) años que se encuentre en él, o en su defecto a un vecino del mismo, bajo apercibimiento de que será buscado nuevamente a hora determinada del día hábil siguiente
- Fragmento 25
- tienen la finalidad de hacer efectivo los derechos fundamentales a la defensa y a la tutela judicial efectiva, por lo mismo, su observancia cabal es obligatoria y debe ser la regla y su inobservancia que se decante en una notificación irregular o defectuosa debe ser la excepción
- III.3. Análisis del caso concreto
- en forma personal
- notificación por cédula
- Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1427/2014
- 13 de noviembre de 2014
- CONFIRMAR